Congreso Nacional incumple con ley de referendo; proyecto perime en la Cámara de Diputados
Santo Domingo, RD. - Después
de aproximadamente 14 años, el Congreso Nacional mantiene en deuda un importante compromiso con la
sociedad dominicana.
Son alrededor de 70
leyes pendientes las que debieron ser aprobadas según establece la
Constitución, después de ser promulgada y publicada en 2010.
Justamente en ese grupo
de legislaciones pendientes se encuentra el referendo,
junto a otros mecanismos de participación ciudadana.
El Congreso Nacional tuvo
a finales del cuatrienio 2020-2024 la oportunidad de, al menos, cumplir con ese
mandato constitucional aprobando el proyecto de referendo antes de que finalice
la legislatura del periodo contemplado desde febrero hasta agosto.
Pero, no lo logró, ya que
nuevamente el proyecto del referendo entró a la lista de iniciativas del olvido
con esta caducidad.
La pieza fue depositada
el 29 de agosto de 2023 por Julito Fulcar del Partido Revolucionario Moderno
(PRM), quien en ese momento representaba a su provincia Peravia en la Cámara
Baja y durante este nuevo periodo legislativo lo hará desde el Senado de la República.
Luego de esto, los
diputados aprobaron a inicios de este 2024 el particular en primera lectura,
quedando en las manos de la comisión de Desarrollo Humano debido al proceso de
elaboración del informe correspondiente.
El mismo proyecto del
referendo había sido depositado por el Poder Ejecutivo en 2021, luego de que el presidente Luis Abinader fijara públicamente
su interés. Sin embargo, tampoco fue
aprobado por los congresistas.
Esto, a pesar de que en
el periodo pasado el presidente Abinader y el
PRM tenían una mayoría significativa en ambas cámaras legislativas
para conseguir el respaldo al proyecto, con
91 diputados y 18 senadores.
"Acción del Congreso es
inconstitucional"
Con este 2024 han transcurrido tres años desde que el Tribunal
Constitucional emplazara al Congreso Nacional a dictar las leyes reservadas en
los artículos 203, 210 y 272 de la Carta Magna.
Estos artículos versan sobre el referendo, referendo aprobatorio,
plebiscito e iniciativa normativa municipal, todos procesos que buscan
garantizar que los ciudadanos sean escuchados ante debates importantes, como lo
son temas de Estado y Gobierno.
El TC emitió la sentencia TC/0113/21 en la que consideró que, desde la
reforma constitucional de 2010, ha pasado el tiempo suficiente, razonable y
prudente para su aprobación.
Los jueces consideraron
que esto ha privado a los ciudadanos del derecho de ser consultados en sus
opiniones para que puedan ser consideradas previo a la toma de grandes
decisiones nacionales, aunque reconoce las facultades que la Constitución
establece al Congreso Nacional, como poder independiente y soberano.
En cuanto a esa acción
directa, el TC declaró como inconstitucional
por omisión legislativa absoluta en que ha incurrido el Congreso
Nacional respecto de la emisión de leyes reservadas en la Constitución en los
artículos anteriormente establecidos.
Por: Ángel Valdez.
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