PIEZA LEGISLATIVA: Nueva ley obligará a deudores asumir responsabilidad fiscal
Santo Domingo, RD. - Una
nueva ley, de reciente presentación, obligará a los responsables de deudas
fiscales a pagar sus compromisos con el Estado, independientemente de que hayan
declarado insolvencia o quiebra de empresa.
La
Ley 25-24, no es más que una restitución de la responsabilidad solidaria de los
contribuyentes con deudas ante el Estado, debido a que hay muchos casos de
deudores que formaban parte de una empresa declarada en quiebra y los
responsables se presentaban como insolventes para no pagar los tributos
adeudados.
Un gerente que haya
quebrado una empresa podrá ser perseguido con sus bienes presentes y futuros
por la administración fiscal.
La Ley 25-24, modifica el artículo 11 del Código Tributario de República
Dominicana (Ley 11-92), aprobada en la Cámara de Diputados, indica como
responsables solidarios de la obligación tributaria de contribuyentes con
deudas a los padres, tutores, representantes legales, representantes de
quiebras, y sociedades en liquidación, sean personas o sociedades y hasta
funcionarios llamados a verificar su cumplimiento.
De lo que se trata es de restituir un derecho que corresponde al Estado,
de garantizar equidad en el cobro de los tributos y que había sido limitado por
un acto de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional de la República.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) logró que se
restableciera ese derecho estatal con esta ley que está en el Código Tributario
de 1992, que trata sobre la responsabilidad tributaria de forma específica.
Responsabilidad solidaria
En lo adelante, los ejecutivos de una empresa que son co-responsables y
conocedores de las deudas de una empresa no podrán evadir sus responsabilidades
tributarias, es vinculante, con una delimitación de que si un gerente no tiene
responsabilidad no se toca, pero si es partícipe de una quiebra no pueda dejar
de pagar al fisco.
Los vinculados podrán ser obligados a pagar con sus bienes, sea con
viviendas, vehículos u otros, a los que se pondrá oposición y establecer
hipotecas.
Con esta medida se restituye el artículo eliminado por el Tribunal
Constitucional.
En un caso con cinco gerentes de una empresa declarada en quiebra, pero
dejaron una deuda en la DGII, si se dejaba como estaba el fisco pierde y no
puede cobrar, pero como son solidarios tendrán que responder.
También elimina la medida que permitía el pago de una deuda hasta el
límite de aporte de capital de un inversionista, porque también de esa forma el
fisco pierde recursos y el contribuyente toda responsabilidad, con lo que la
DGII se cubre en los casos de que las empresas se declaren en quiebra, peros
sus gerentes siguen ricos.
Sepa más
Aprobada por diputados
Pieza legislativa
Restituye la responsabilidad solidaria de los contribuyentes con deuda
fiscal, consagrada en el Código Tributario de 1992 y ha-bía sido objeto de un
acto de inconstitucionalidad.
Acción
La obligación principal puede ser exigida total o, parcialmente, tanto
al deudor principal como a los responsables solidarios.
La pieza fue aprobada en la Cámara Baja el pasado 11 de julio del año en
curso.
Por: Cándida Acosta.
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