DECLARACION DE MATRIMONIO: ¿Cuáles son los requisitos de la declaración jurada que han causado quejas entre legisladores?
Santo Domingo, RD. - En
los últimos días senadores y diputados externaron sus quejas por los documentos
requeridos para formalizar la presentación de su declaración jurada de
patrimonio ante la Cámara de Cuentas de
la República Dominicana (CCRD), cuyo plazo venció ayer.
Estos
requisitos están contenidos en el artículo 8 de la Ley
311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio, donde incluye ocho
numerales con informaciones que van desde el nombre completo hasta declaración
de impuestos.
Estos requisitos además
de ser mandatorios para los legisladores, son aplicables para todos los
funcionarios electos mediante votación popular, incluido el presidente y vicepresidente de la
República, así como para demás servidores designados mediante decreto u otro
acto administrativo.
La declaración de los
servidores debe contener el nombre completo del declarante, fecha y lugar de
nacimiento, número de cedula de identidad y electoral, dirección de domicilio
permanente, estado civil, profesión u ocupación.
Deben declarar la
dirección profesional permanente, números telefónicos, así como nombre y cedula
de identidad del conyugue, si aplica.
Deben identificar en los datos del lugar de trabajo y de los ingresos por
trabajos y por otras actividades.
En cuanto a información
financiera, la ley precisa que deben ofrecer
detalle de las cuentas corrientes, de ahorros, certificados financieros y
cualquier otro tipo de inversión financiera en el país y en el extranjero, si
existiera.
Asimismo, los
funcionarios deben presentar una relación detallada de todos los activos y
pasivos de la comunidad conyugal declarante.
Al igual que información
sobre membresía en juntas o consejos administrativos en instituciones públicas
o privadas, aunado a información relativa a su carácter de socio o accionista
en corporaciones, sociedades o asociaciones de carácter público o privado, sean
estas con fines lucrativos o no.
Respecto a bienes patrimoniales, muebles e inmuebles, deben brindar una
relación detallada y actualizada, de aquellos que estén registrados o no, ya
sea en República Dominicana como en el exterior, con sus valores estimados.
Deben declarar ante la Dirección General de Impuestos
Internos sobre su patrimonio.
Documentos soporte
El reglamento de aplicación de esta ley, está fechado de 2016 e incluye
una serie de documentos soportes mínimos para la validación de la información
suministrada, entre estos se incluye fotocopias de la cedula y pasaporte del
declarante.
Fotocopia de la certificación del cargo y/o acto de juramentación,
nombramiento o toma de posesión, que indique el monto del salario devengado y
oras remuneraciones, así como la fecha de inicio, movimientos o cese de sus
funciones.
Otros documentos que indica deben depositar los servidores,
incluye copia del acta de matrimonio o copia autentica en el
que se haga constar que se encuentra en unión libre.
Deben depositar copia de la declaración jurada anual realizada ante
la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), al igual
que fotocopia de título del capital invertido en productos financieros o
certificación de saldo, emitido por la entidad de intermediación financiera.
Los funcionarios están en la obligación de presentar fotocopia del título
de capital invertido en títulos, acciones u otros valores cotizables o
no en la bolsa, al igual que certificados de títulos de propiedad o el contrato
de compraventa debidamente notarizado, legalizado y registrado, cuando sea un
inmueble no registrado.
El reglamento incluye anexar fotocopia de certificados de
títulos de propiedad de los bienes muebles registrables o de cualquier
tipo y fotocopia de matrícula de vehículos de motor y copias de certificado de
registro mercantil de las entidades públicas, privadas o mixtas, comerciales o
sin fines de lucro, en las que el declarante sea accionista, administrador o
miembro del consejo directivo, de administración, supervisor o asesor.
Y una última disposición cita que serán requeridos otros documentos
conforme a instructivos o manuales que disponga la CCRD.
Por: Melanie Cuevas.
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