TRANSPORTE: Contrataciones Públicas anuló la licitación del Intrant, pero... ¿por qué?
Santo
Domingo, RD. - La Dirección General de Contrataciones
Públicas (DGCP) anuló este jueves la licitación ordenada por el
Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) que pretendía cambiar el sistema semafórico del Gran Santo
Domingo.
El órgano rector tomó esta decisión luego
de analizar varias denuncias que fueron realizadas por empresas, las cuales
aseguraron identificar diversas irregularidades en el proceso de compra.
Las acusaciones
causaron que el director del Intrant, Hugo
Beras, pidiera el pasado 9 de noviembre al presidente Luis Abinader una
licencia sin disfrute de sueldo. Días después, fue designado de manera
interina al coronel del ejército Randolfo
Rijo para dirigir la Institución del Transporte ante la ausencia de
Beras.
VIOLACIONES
La DGCP comunicó, a través de un
comunicado de prensa, cuáles fueron las violaciones que
motivaron ordenar la anulación del procedimiento de licitación pública nacional
INTRANT CCC-LPN-2023-0001, conjuntamente con el pliego de condiciones.
El organismo estableció que en el
proceso se identificaron violaciones a los artículos 21 y 25 de la Ley
340-06 de Contrataciones Públicas, y 88, 91 y 94 de su Reglamento
de aplicación.
La entidad comprobó que
el Intrant instauró requisitos “excesivos y
desproporcionados”, donde solicitó a los potenciales oferentes obtener una
experiencia de haber instalado 15 mil controladores y 40 mil intersecciones a
nivel mundial.
Con esta cláusula
determinaron que el pliego fue muy restrictivo con las compañías que hacían las
propuestas, ocasionando una baja participación en el concurso
público e impidió a los peritos realizar una evaluación objetiva.
Además, la DGCP destacó
que, “entre las irregularidades e inobservancias al debido proceso”, los peritos encargados de proteger el
procedimiento de solicitud efectuaron evaluaciones “técnicas
subjetivas” y solo validaron la experiencia de uno de los licitadores
participantes.
Asimismo, el documento
señala que las evaluaciones no se encuentran motivadas y se evidenció que se
apartaron del debido proceso al recomendar la subsanación de aspectos técnicos no permitidos por la
normativa.
Por estas razones, la
Dirección de Compras considera que lo procedente en ese caso era que el Comité
de Compras rechazara esas evaluaciones por fundamentarse en “criterios subjetivos, arbitrarios,
discrecionales y deliberados”.
La DGCP reiteró que el
Intrant debe aplicar sanciones
disciplinarias a los funcionarios y servidores públicos que
participaron en el referido procedimiento.
Mientras tanto, la
institución gubernamental entregará la resolución a la Procuraduría
Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) para
continuar la investigación que se desarrollan por estas anomalías.
LEY 107-13
Las irregularidades, según Compras y Contrataciones, se constituyen en violaciones a los principios de participación, proporcionalidad, igualdad y libre competencia de la normativa de compras, así como de los principios de racionalidad y debido proceso de la Ley 107-13.
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