ELECCIONES 2024: La ley establece que hoy deben finalizar los cómputos y mañana presentar anulaciones
Santo
Domingo, RD. - Este martes 21 de mayo es la fecha límite que estable el calendario electoral para
terminar con el cómputo de los votos de las elecciones
presidenciales y congresuales, según lo establece la Ley 20-23 del Régimen
Electoral.
“El cómputo se continuará sin interrupción cada día, desde las
ocho de la mañana hasta las seis (6:00 p.m.) de la tarde por lo menos, y deberá
quedar terminado dentro de un período no mayor de dos (2) días, a menos que
ello no fuere posible por causas insuperables, caso en el cual se hará constar
la causa en el acta correspondiente” expresa el
párrafo IV del artículo 274 de la referida legislación.
Este mates en
el nivel presidencial solo
faltaban siete colegios por computar.
Mientras que
el calendario electoral indica
que el miércoles 22 es la fecha límite para presentar anulaciones, ya que la
ley establece que sea dos días después de los comicios.
El 24 es la
fecha establecida para conocer las impugnaciones que hayan sido presentadas
Ante el Tribunal Superior Electoral,
dice la Ley 29-11 en su artículo 20.
“Procedimiento.
Las acciones que se intenten con el fin de anular las elecciones serán incoadas
por el presidente del órgano de
dirección municipal de la agrupación o partido interesado, o quien
haga sus veces, o por el candidato afectado, por ante la Junta Electoral del
municipio correspondiente. Estas acciones deben intentarse dentro de las
veinticuatro horas siguientes a la notificación del resultado
del cómputo general, a las agrupaciones y a los partidos políticos que
hubieren sustentado candidaturas, o la publicación en la tablilla de
publicaciones de la Junta Central Electoral, la difusión en un medio de
circulación nacional, o dentro de los dos días siguientes a la condenación por
fraudes electorales que hayan influido en el resultado
de la elección”.
El día 25,
según el calendario, deben producirse los fallos de las impugnaciones y el 27 es la fecha límite para presentar apelaciones a
las decisiones de las juntas electorales ante el TSE, cuyo fallo debe darse a conocer el primero de julio.
Por: Deyanira Polanco.
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