A FAVOR DE ÁNGEL LOCKWARD: Obras Públicas tendrá que pagar RD$12 millones por violar Ley de Acceso a la Información
La sentencia del TSA fue
recurrida por Obras Públicas ante la Suprema Corte de Justicia, que rechazó el
recurso y luego llegó al Tribunal Constitucional, convirtiéndose en sentencia
definitiva marcada con el número TC-0951-23.
En cuanto a la forma, la
alta corte admitió el recurso de Obras Públicas, pero en cuanto al fondo,
confirmó la sentencia de la Suprema, ordenó la comunicación y declaró el
proceso libre de costas.
EL CONFLICTO
Según la síntesis del conflicto que acompaña la decisión del TC,
Lockward solicitó al Ministerio de Obras Públicas la entrega de información
relativa a los planes de desarrollo y aprobación de planos correspondientes al
área turística de Cofresí, Puerto Plata.
No obstante, esta solicitud fue rechazada por la directora de la Oficina
Central de Tramitación de Planos del Ministerio de Obras Públicas , señora Ana
María Terrero, alegando que lo solicitado respondía a información protegida por
derechos de autor, y de carácter confidencial e íntimo de los propietarios y
habitantes del área.
Ante esa negativa, el veintitrés 23 de noviembre de 2018, Lockward
radicó una acción de amparo logrando la sentencia 030-02-2019-SSEN00061,
dictada por la Primera Sala del TSA el 21de febrero 2019, que ordenó la entrega
de la información requerida.
Esa decisión fue
recurrida por Obras Públicas, que interpuso un recurso de revisión
constitucional de amparo, pero fue declarado inadmisible por extemporáneo
mediante Sentencia TC/0105/20, el 12 de mayo de 2020.
El 21 de septiembre de
2020, Lockward solicitó la imposición de astreinte ante el Tribunal Superior
Administrativo en base a la Sentencia núm. 030-02-2019-SSEN00061, lo que
resultó en la Sentencia núm. 030-02-2021-SSEN-00124, del 12 de marzo de 2021,
que impuso al Ministerio de Obras Públicas una astreinte de 10.000 pesos por
cada día de retardo en cumplir con lo ordenado por el TSA.
En esa situación, Obras Públicas interpuso un recurso de casación ante la Suprema Corte el 27 de abril de 202, que fue rechazado por la Tercera Sala el 13 de diciembre de 2021 por la sentencia número 033-2021-SSEN-01263.
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