CASO MEDUSA: Juez reconoce al equipo de recuperación bienes públicos
Santo Domingo, RD. - El
juez Amauri Martínez, del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito
Nacional, en su decisión enviar a juicio de fondo al exprocurador Jean Alain
Rodríguez y otros imputados en el caso Medusa, reconoce la legitimidad del
Decreto presidencial y actuaciones del Equipo de Recuperación del Patrimonio
Público (ERPP).
El magistrado tomó la
decisión al rechazar un recurso de inconstitucionalidad planteado por la
defensa de la imputada Isis Tapia, que buscaba la nulidad del decreto
presidencial 22-21 del 13 de enero del 2021, que crea el equipo de abogados
para la Recuperación del Patrimonio Público, representado por el jurista Jorge
Luis Polanco Rodríguez.
En ese sentido, el juez
al ratificar el precedentes acogió al Estado dominicano como víctima,
querellante y actor civil en el auto de apertura a juicio en contra de
Rodríguez y demás encartados en acto de corrupción desmantelada durante la
Operación Medusa.
Sin embargo, el tribunal
desestimó la solicitud de medida de coerción real planteado por el Estado, a
través de ese equipo de abogados alegando que no se ha podido precisar cuáles
bienes y no se individualiza en el caso de cada uno en cuanto a muebles e inmuebles.
“El tribunal tiene
a bien desestimar dicho pedimento planteado en cuanto a la imposición de medida
de coerción reales solicitada por el Estado dominicano, por lo que en ese
sentido, el tribunal acoge parcialmente los pedimentos planteados alrededor de
la querella en actor civil”, aduce el juez en sus
motivaciones.
Con este pedimento los
abogados que representan al Estado dominicano buscaban que el tribunal
autorizara que se grabarán gravámenes a hipoteca judicial provisional y medida
conservatoria hasta la cuantilla de 9 mil, doscientos millones de pesos por
daños y perjuicios concretizados sobre los bienes.
Sostiene que el Estado
puede actuar en justicia y actuar en acciones legales en el ámbito personal en
el sentido de la recuperación al fisco de los bienes presuntamente distraídos
desde el punto de vista del daño material.
Señala que igualmente
desde el punto de vista del daño colectivo como daño moral, y que desde este
punto de vista se ve afectada la imagen del Estado como persona jurídica tanto
como ente colectivo, como por actuaciones individuales que realizan servidores
o representantes al momento de presentar sus labores.
El abogado Carlos Alberto
Polanco Rodríguez, del equipo de recuperación de patrimonio, consideró que la
decisión del tribunal ha sido una sentencia histórica en materia de corrupción
administrativa.
Rechaza devolver bienes
RECHAZA DEVOLVER BIENES
Asimismo, el juez dispuso que no se le devolvieran a Rodríguez, una
villa ubicada en Casa de Campo, un lujoso apartamento, un yate, varios terrenos
en Santo Domingo, un costoso local de oficinas, entre otros, al tiempo que
acogió la acusación del Ministerio Público contra el exprocurador de
enriquecimiento ilícito por actos de corrupción.
Al respecto, el titular de la Procuraduría Especializada de Persecución
contra la Corrupción Administrativa (PEPCA), Wilson Camacho, aseguró que la
decisión del juez era una “victoria contundente” para el Ministerio Público.
Rodríguez y los demás señalados son acusados de incurrir en actos de corrupción como soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos durante su gestión como máximo representante del Ministerio Público (2016-2020).
Expediente
Unas 41 personas
Por: Ramón Cruz Benzan.
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